V03| 2021-031de 33 Oficina PrincipalAv. Javier Prado Este 3580-San Borja, Lima Fesalud(01)625-4680Web:www.fesalud.com.pe CONTRATODE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE SALUD PREPAGADO Conste por el presente documento elCONTRATOde Prestaciones de Servicios de Salud Prepagado (en adelante,elCONTRATO)que celebran de una parte la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud denominada Fesalud S.A., con Registro Único de ContribuyenteN°20565963725, y domicilio enAv.Javier Prado Este N°3580, San Borja, Lima, quien actúa representada por laseñora Corina Isabelle Cinthia CarolinaRegaloGarcía,identificadaconDocumentoNacionaldeIdentidad N°40795533,quienactúafacultadasegúnpoderinscritoenla Partida N°13310535 del RegistrodePersonasJurídicasdeLimayaquienenadelantesedenominará FESALUD;y,de la otra parte, la persona señalada en la Sección Primera del Anexo “CondicionesParticulares”delpresenteCONTRATO,aquienenadelantese denominará ELCONTRATANTE, quien procede por su propio derecho y en representación de sus derechohabientes y/o dependientes quien ha optado por contratar la cobertura de prestacionesdesaludprepagadasconFESALUDparaquienesenadelantese denominarán como los AFILIADOS o el AFILIADOsegún corresponda, en los términos y condicionessiguientes: CONDICIONES GENERALES CLÁUSULA PRIMERA: DOCUMENTOS INTEGRANTES DELCONTRATO ElCONTRATOse encuentra integrado por las presentes Condiciones Generales y los siguientes Anexos: -Anexo 1:Condiciones yProcedimientopara la Atención Médica -Anexo 2:Exclusiones -Anexo 3:Periodos de Carencia yPeriodos deEspera -Anexo 4:Preexistencias -Anexo 5:Otros Beneficios -Anexo 6:Condiciones Particulares CLÁUSULA SEGUNDA: DEFINICIONES Para efectos delCONTRATOy la totalidad de sus Anexos, los términos señalados a continuación se entenderán en el siguiente sentido: -Afiliados.-Son la totalidad de personas señaladas en la Sección Segunda del Anexo “Condiciones Particulares”, pudiendo incluirse o no alCONTRATANTE.Para ingresar a un PLANDESALUD,elAFILIADOdeberá contar con una edad menora65añosalafecha deiniciodevigencia. LosAFILIADOSquetengansesentaycinco(65)omásañosde edad,sólopodránrenovarel PLAN DE SALUD. -AfiliaciónCorporativa.-Modalidad mediante la que cualquier organización, empresa oentidadempleadora,formalizasurelacióndeafiliación,encalidadde CONTRATANTE. -Anexos.-Son los documentos señalados en la Sección Primera, los cuales se adjuntan al presenteCONTRATOyformanparteintegrantedelmismo. -Aporte.-Contraprestación anual de cargo delCONTRATANTEa favor de FESALUD, por losbeneficiosdel PLAN DE SALUD contratado. El Aporte será cancelado en la forma y periodicidad señalada en esteCONTRATOy susAnexos. -Atención Médica aDomicilio.-Servicio orientado al manejo de enfermedades agudas de baja complejidad, que no son consideradas comoemergencias,prestadopor parte de un médico en la comodidad delhogardel afiliado.Solo está disponible en las redes y especialidades señaladas en las CONDICIONES PARTICULARES y siempre que lo incluyaelPLAN DE SALUDcontratado.
V03| 2021-032de 33 Oficina PrincipalAv. Javier Prado Este 3580-San Borja, Lima Fesalud(01)625-4680Web:www.fesalud.com.pe -Atención MédicaAmbulatoria.-Son las Prestaciones de Salud que no requieren de hospitalización o internamiento. No se incluye Prestaciones de Salud que impliquen procedimientosointervencionesquirúrgicasensaladeoperaciones.Tampocose encuentranincluidasaquellasPrestacionesdeSaludconsideradascomo EMERGENCIA,perosíincluye la atención deUrgencias. Esta cobertura sólo procede cuando expresamente hubiese sido incluidaenelPLANDESALUDlamismaquepuede ser:(i)ConOrdendeReferencia;o,(ii) Sin Orden deReferencia.Estas atenciones pueden realizarse de manera presencial o a través de Teleconsultas. -Atención MédicaHospitalaria.-Son las Prestaciones de Salud que implican la hospitalización o internamiento de los AFILIADOS, con la finalidad que se le presteun tratamientodentrodelEstablecimientodeSaludy/oseaobjetodealgúntipode intervención quirúrgicaen sala de operacionescon o sin internamiento.Esta puede ser a su vez: a consecuencia de una emergencia o programada. -Atención Médica Hospitalaria a Consecuencia de unaEmergencia.-Esta cobertura solo procede si la atención médica hospitalaria es el resultado de una emergencia. Solo aplica cuando expresamente hubiese sido incluida en el PLAN DE SALUD. -Atención Médica HospitalariaProgramada.-Esta cobertura procedecuando la atención médica hospitalaria no es el resultado de una emergencia. Solo aplica cuando expresamente hubiese sido incluida en el PLAN DE SALUD. -Atención de Maternidad.-Se refiere a la cobertura de las atenciones y servicios médicos relacionados a la gestación de la AFILIADA comprendidos desde las consultas y chequeos preventivos de la gestante hasta la atención del partoy Atención del Recién Nacido.Esta cobertura sólo procede cuando expresamente hubiesesidoincluidaenel PLANDESALUD.A esta cobertura solo pueden accedermujeresgestantesdesde los 18hasta los 44 añosy siempreque la atención del parto sea antes decumplirlos 45 años. -Atencióndel Recién Nacido.-Incluye los gastos por concepto de sala de bebé, incubadora, medicinas y consultas al médico pediatra. Todos estos gastos serán cubiertos únicamente mientras la madre se encuentre hospitalizada (hasta dos días por parto natural y tresdías por cesárea). -Cobertura MáximaAnual.-Es el importe máximo de cobertura que FESALUD brindará a cada AFILIADO en el plazo de un año contractual. Incluyetodoslos gastos en los que incurraporlasPrestacionesdeSaludotorgadas,incluyendoinclusiveaquellos procedimientos y tratamientos que cuenten con una Cobertura Particular. La suma a la que asciende la Cobertura Máxima Anual por AFILIADO se encuentra señalada en la Tablade BeneficiosdelPLANDESALUD. Durante el año contractual, el cual se computará para cada AFILIADO desde elinicio de su respectiva cobertura, se acumularán todos los gastos por las Prestaciones de Salud otorgadas,enbasealatarifaestablecidaenelPLANDESALUD,descontándoselos Copagos efectuados por el AFILIADO. El monto total de gastos no podráexceder en ningún supuesto ellímitedela CoberturaMáximaAnualcorrespondientealPLANDE SALUD. EncasoelAFILIADOantesdelaconclusióndelañocontractualhubieseagotadoeltotal dela Cobertura Máxima Anual, la cobertura y/o beneficios serán suspendidos hasta la fecha de inicio de la renovaciónanual. -Cobertura Particular.-Importe máximo anual que se ha fijado según sea el caso en cada PLAN DE SALUD para determinadas Prestaciones deSalud. En los casos en que se haya fijado una Cobertura Particular será éste el monto máximo de cobertura para dicha Prestación de Salud. No obstante, queda aclarado que la Cobertura Particularno es una coberturaadicionaly,porlotanto,losgastosderivadosdelosprocedimientos
V03| 2021-034de 33 Oficina PrincipalAv. Javier Prado Este 3580-San Borja, Lima Fesalud(01)625-4680Web:www.fesalud.com.pe están cubiertascuandoexpresamentehubiesensidoincluidasenelPLANDESALUD. -Enfermedad (es) Congénita (s):-Es toda enfermedad adquirida durante el periodo embrionario-fetal y perinatal,la cual puede manifestarse y diagnosticarseen el nacimiento o durante todo el transcurso de la vida. Esta definición incluye, pero no se limita a todos los diagnósticos calificados como congénitos de acuerdo al CIE-10 de la Organización Mundial de la Salud. Forman parte de las exclusiones. -EstablecimientodeSalud.-Sonloscentrosmédicos,instalacionesmédicas, policlínicos, clínicas, farmacias, laboratorios y/o cualquier otro tipo de establecimiento que se encuentre detallado en el Anexo “Condiciones Particulares” , los cuales prestan servicios de atención médica, incluyéndose dentro de este concepto a los profesionales médicosytécnicosqueprestantalesserviciosenlosrespectivosestablecimientos. -Exclusiones.-SonaquellasPrestacionesdeSaludnocubiertasporelPLANDESALUD. -Inmunizaciones.-Consiste en la aplicación de vacunas de acuerdo alcalendario del Ministerio de Salud (MINSA), Estáncubiertas cuando expresamente hubiesensido incluidasenelPLANDESALUD. -Insumos Quirúrgicosde Alto Costo.-Sonel conjunto de elementos (herramientas o implementos)utilizadosydiseñadospararealizaraccionesespecíficasenlos procedimientosquirúrgicos.Algunosinstrumentosquirúrgicossondiseñadospara procedimientos o cirugías específicas, por ejemplo:mallas para la corrección dehernias abdominales,clavos y tornillos para la corrección de defectos óseos, etc. Para efectos delCONTRATOse considerarán insumos quirúrgicos de alto costo, aquellos en los que el costo del mismo sobrepase los S/.2,500.00 nuevos soles incluido IGV. -Orden deReferencia.-Esuna autorización emitida por Fesalud para que, de acuerdo al criterio del médico tratante de la Redde Teleconsultas o Red1;elAFILIADO pueda atenderse en el caso cuente con la cobertura de Atención MédicaAmbulatoria; yse trate depreexistencias,con algún especialista en la Red de Clínicas Afiliadas2,3o4. -Periodo deCarencia.-Es el periodo durante el cual el AFILIADO al PLAN DE SALUD no tiene la cobertura de algunas Prestaciones de Salud. El Periodo de Carencia se inicia enla fecha de inicio de la cobertura de cada AFILIADO en forma individual y su plazo es elindicadoenelAnexo“PeriodosdeCarenciayPeriodosdeEspera”.Las enfermedades, dolencias o síntomas que cuenten con Periodo de Carencia y se manifiesten durante éste seránconsideradoscomoExclusionesoPreexistencias,según fuera el caso. -PeriododeEspera.-EselperiododuranteelcualelAFILIADOalPLANDESALUDno tiene derecho a algunas Prestaciones de Salud, sin embargo, a diferencia del Periodo deCarencia,lasenfermedades,dolenciasosíntomasquesemanifiestenduranteeste periodo no serán considerados como Preexistencia. El Periodo de Espera se inicia en la fecha de cobertura de cadaAFILIADO. -PlanesDeSalud.-SerefierealosPlanesComplementariosdeAseguramientoenSalud ofrecidosporFESALUD,cuyacoberturaseencuentradetalladaenlaTablade Beneficios que forma parte del Anexo“Condiciones Particulares”. ElPLANDESALUDcontratadoeselseñaladoenelAnexo“CondicionesParticulares”, aplica a todos los AFILIADOS y cubrirá únicamente las Prestaciones de Salud que en éste se hubiesenindicado. -Preexistencias.-Se considera como Preexistencia cualquier condición, defecto previo, alteración del estado de salud, enfermedad,dolencia, lesión, signo o síntoma conocido por el AFILIADO, que figure en su historia clínica o se evidencie en los resultados de cualquier examen médico, ya sea antes de la fecha de inicio de la cobertura, durante el Periodo de Carencia o los declarados ono en la Declaración Jurada de Salud.También seconsideraPreexistenciaaaquellasenfermedades,síntomaso signosquese
V03| 2021-035de 33 Oficina PrincipalAv. Javier Prado Este 3580-San Borja, Lima Fesalud(01)625-4680Web:www.fesalud.com.pe hubiesen presentado antes de la suscripción delCONTRATOy que por su naturaleza no hayan podido pasar desapercibidosporelAFILIADO. De la misma forma, serán consideradas Preexistencia los tratamientos, consultas, medicamentos, exámenes, procedimientos y/o intervenciones derivados, vinculados o asociadosconeldiagnóstico,atenciónotratamientodePreexistencias,yseránbrindados en lostérminosycondicionesseñaladosenelAnexo“Preexistencias”ylaTablade Beneficiosdel PLAN DE SALUD. -Prestaciones deSalud.-Se refierea las consultas médicas, tratamientos, exámenes, medicamentos, procedimientos, intervenciones y/o cualquier otro servicio relacionado y/o derivado de una atención médica destinada a preservar y proteger la salud, incluyendo las atencionesdenaturalezapreventiva. -ProcedimientosambulatoriosodecirugíaAmbulatoria.-Serefiereatodo procedimiento o cirugíaque, alno ser compleja, no requiere quese realice en sala de operaciones, ni queel paciente pernocte en el Establecimiento de Salud. Puede realizarla el médico tratante dentro del consultoriooenlasaladeprocedimientos. -ProgramasPreventivos.-Son Prestaciones de Salud que se realizan una vez al año, orientadasalmonitoreodeldesarrollodelAFILIADO,conelfindedetectar oportunamente cambios y riesgos en su estado de salud. Las Prestaciones de Salud que incluye cada Programa Preventivo son únicamente las señaladas en el Anexo “Programas Preventivos”. Las Prestaciones de Salud de los Programas Preventivos sólo están cubiertas cuando expresamentehubiesensidoincluidasenelPLANDESALUD. -RedPrestacional.-Son losEstablecimientos de Salud autorizados a brindar las PrestacionesdeSalud.LaREDPRESTACIONAL,cuentacondiversosEstablecimientos de Salud cada uno con un nivel de cobertura distinto. La RED PRESTACIONAL se encuentra detallada en el Anexo“Condiciones Particulares”, pudiendovariar,debiendo efectuarse en dicho supuesto la comunicación señalada en la Cláusula Novena de las Condiciones Generales. -ReembolsoOncológico.-Consiste en la posibilidad dedevoluciónque FESALUD otorga al AFILIADO por losgastos incurridos por las Prestaciones de Salud a partir del primer diagnóstico histopatológico de cáncer y su tratamiento, en los términos señalados en el Anexo “Condiciones y Procedimientos para la atención Médica”. El Reembolso Oncológico solo se entenderá incluido en la cobertura cuando expresamente se hubiese señalado ello en el Plan de Salud y tendrá como límite el importe señalado en la Tabla de Beneficios. -Reembolso porHospitalización.-Consiste en la posibilidad dedevoluciónque FESALUD otorga al AFILIADO por los gastos relacionados a las Prestaciones de Salud derivadas de una Atención Médica Hospitalaria, como consecuencia de una enfermedad o accidente cubierta por el PLAN DE SALUD. El Reembolso por Hospitalización sólo se entenderá incluido enla cobertura cuando expresamente se hubiese señalado ello en el PLAN DE SALUD y tendrá como límite el importe señalado en laTabladeBeneficios. -Solicitud de Afiliación.-Documentosuscrito por el CONTRATANTE en el cual manifiesta su intención de adquirirel PLAN DE SALUD, suscribiendo en dicho acto la respectiva DeclaraciónJuradadeSalud.SedejaexpresaconstanciaquelaSolicitudde Afiliaciónforma parte integrante delCONTRATO,la cual podrá suscribirse de manera presencial o a través de unproceso de afiliación virtual. -Siniestro.-Ocurrencia de un riesgo que da lugar a la solicitud de cobertura por parte del AFILIADO para las Prestaciones de Salud que deriven deéste. -Siniestralidad.-Es la medición de la cantidad de siniestros que tuvo el AFILIIADO en un periodo de tiempo. -SUSALUD.-EslaSuperintendenciaNacionaldeSalud.
V03| 2021-036de 33 Oficina PrincipalAv. Javier Prado Este 3580-San Borja, Lima Fesalud(01)625-4680Web:www.fesalud.com.pe -TabladeBeneficios.-DocumentoqueformapartedelAnexo“CondicionesParticulares” en el cual se detalla las Prestaciones de Salud cubiertas, REDPRESTACIONAL, Cobertura Máxima Anual, Coberturas Particulares (si hubiese), Copagos y demás características particulares del PLAN DESALUD. -TeleconsultaMédica.-Servicioa distanciade orientación médicapara problemas de salud de baja complejidad, que no son considerados comoEmergencia,a través del uso detecnologíasde la información y comunicación, entre ellas, lavideollamada. Este serviciosoloestádisponibleenlasredesyespecialidadesseñaladasenlas CONDICIONES PARTICULARES y siempre que loincluya su PLAN DE SALUD.Para acceder a este servicio se debe realizar una reserva de cita y seguir los términos y condicionesseñaladosporcadared.EstacoberturasoloseofreceenlaRED TELECONSULTAS. -Urgencia.-Sonlossíntomas,condiciones,patologíasy/oenfermedadesdeaparición fortuita y gravedad variable que no amenazan la vida del AFILIADO ni generan el riesgo de dejar secuelasinvalidantes. CLÁUSULATERCERA: ANTECEDENTES FESALUD es una persona jurídica constituida y debidamente registrada como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud ante SUSALUD, con arreglo a las disposicionesdelTextoÚnicoOrdenadodelaLeyN°29344,LeyMarcode AseguramientoUniversalenSalud,suReglamento,aprobadomedianteDecreto Supremo N° 008-2010-SA y demás normas ydisposicionescomplementarias,cuyo objetoeselde brindar cobertura de aseguramiento en saludcomplementaria al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) bajo la modalidad de prestación de servicios de salud prepagados. EL CONTRATANTE es una persona natural o jurídica que de forma voluntaria ha consideradoconvenientecontratarparalosAFILIADOSelPLANDESALUDseñalado enelAnexo“Condiciones Particulares”,siendo ésteelobligadoalpagodetalesPLANES DESALUD. Queda expresamente aclarado que elPLAN DE SALUD contratado es un Plan Complementarioy, por lo tanto, EL CONTRATANTE declara expresamente y bajo responsabilidad que todos los AFILIADOS presentes o futuros del PLAN DE SALUD cuentancomomínimoconunacoberturaquecubraelplandebeneficios correspondiente al Plan Esencial de Aseguramientoen Salud–PEAS. CLÁUSULA CUARTA: OBJETO EsobjetodelCONTRATOotorgaraLOSAFILIADOSlacoberturadelPLANDESALUD señaladoenel Anexo “CondicionesParticulares”, de manera complementaria a la cobertura obligatoria al Plan Esencial deAseguramiento en Salud (PEAS) CLÁUSULA QUINTA: COBERTURA Y CONDICIONES 5.1FESALUD otorga cobertura a LOS AFILIADOS, la cual consiste en las Prestaciones de Salud comprendidas en el PLAN DE SALUD. La cobertura incluye la atención de todas lascontingenciasypatologíasprevistasenelPLANDESALUDconformealoseñalado enlaTablade Beneficiosque forma parte delAnexo “Condiciones Particulares”, quedando aclarado que lascondicionesyformadeaccesoalasPrestacionesdeSalud seencuentrandescritasenel Anexo “Condiciones y Procedimientos para la Atención Médica”.
V03| 2021-037de 33 Oficina PrincipalAv. Javier Prado Este 3580-San Borja, Lima Fesalud(01)625-4680Web:www.fesalud.com.pe 5.2LasPreexistencias, cuando corresponda, serán cubiertas en los términos señalados en los Anexos“Preexistencias”ylaTabladeBeneficios. 5.3Todaslasprestaciones serán facturadasen basealtarifarioSegus ytodoslos medicamentos en base a los precios de ventaKairossugeridosal público, Conrelaciónalosmedicamentos,, el PLAN DE SALUD sólo cubre el uso de medicamentosgenéricosparatodosloscasos.Enelcasoqueel ESTABLECIMIENTO DE SALUD no cuente con el medicamento genérico recetado, se trate deuna Atención Ambulatoria y el AFILIADO cuente con esta cobertura, tendrá 2 opciones para adquirir el medicamento: a) Reembolso por medicamentos: El AFILIADO deberá adquirir el medicamento en presentación genérica de forma particular yposteriormente solicitar el reembolso, para lo cualnecesariamentedeberá adjuntar lo siguiente: -RecetaMédica,lacualdeberátenerellogo,direcciónyteléfonodel ESTABLECIMIENTO DE SALUD afiliado a la Red Prestacional. Además, deberá contar con los datos personales del AFILIADO, diagnóstico, prescripción médica, fecha de emisión, firma y sello del médico tratante. -Comprobante de pago, el cual deberá estar a nombre del AFILIADO y ser emitido como máximocinco(5)díashábilesposteriores a la fecha deemisión de la receta. El reembolso deberá requerirsea FESALUDdentro de loscinco(5) díashábiles posteriores a la adquisición del medicamento, adjuntandotodala documentación antes señalada. Transcurrido dicho plazo se perderáel derecho a solicitar el reembolso. El Área Médica de FESALUD evaluará la solicitud de reembolso. En el supuesto que no cuente con toda la documentación necesaria, se informará al AFILIADO en un plazo no mayor acinco (5)díashábiles. Una vez obtenida toda la información necesaria para la evaluación y de ser aprobada la solitud de reembolso, éstase ejecutará a la cuenta bancaria indicada por el AFILIADO o CONTRATANTE en un plazo máximo dequince (15)díashábiles. b) Envío de medicamentos a domicilio: El AFILIADO tendrá la opción de solicitar este servicio, el cual se brindará a través de la Red de Farmacias y siempre que se supere el monto mínimoque el proveedor informe. Para elloEL AFILIADOdeberá adjuntar la Receta Médica, la cual deberá tener el logo, dirección y teléfono del ESTABLECIMIENTO DE SALUD. Además, deberá contar con los datos personales del AFILIADO, diagnóstico, prescripción médica, fecha de emisión, firma y sellodel médico tratante. FESALUD evaluará la solicitud de envío de medicamentos a domicilio y se brindará la respuesta al AFILIADO en un plazo no mayor acuarenta y ocho (48)horas. Para cualquiera de las dos opciones,a) Reembolso de medicamentos o b) Envío de medicamentos a domicilio,el AFILIADO deberá comunicarse vía Whatsapp al número 914994737a la central telefónica (01)625-4680en el horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.