La Positiva

Seguros De Salud | Integral

MICROSEGURO RESCATEL PLUS

MICROSEGURO RESCATEL PLUS
Condiciones Generales
1.1. Accidente
Es todo evento fortuito, repentino, violento, involuntario, imprevisto y ocasional
originado por una fuerza o agente externo, que ocurre durante el período de
vigencia de la cobertura y afecta al asegurado ocasionando la muerte.
Es condición esencial para la cobertura que la muerte, sea consecuencia directa
del accidente y ocurra dentro de un año contado desde la fecha del accidente.
1.2. Asegurado
Es la persona identificada como tal en la Solicitud-Certificado.
1.3 Beneficiario
Es el titular de los derechos indemnizatorios.
Los beneficiarios para la cobertura de Muerte Accidental del Asegurado, serán los
designados en esta Solicitud-Certificado de Microseguro. Si fueran dos o más los
beneficiarios, y el Contratante no hubiese especificado los porcentajes en la
Solicitud - Certificado, el importe se dividirá y abonará en partes iguales. En caso
no haya tal designación, la indemnización será pagada de acuerdo al siguiente
orden de precedencia:
a) Cónyuge o Conviviente sobreviviente,
b) Los hijos menores de dieciocho (18) años, o mayores de dieciocho (18) años
incapacitados de manera total y permanente para el trabajo,
c) Los hijos mayores de dieciocho (18) años,
d) Los padres,
e) Los hermanos menores de dieciocho (18) años, o mayores de dieciocho (18)
años incapacitados de manera total y permanente para el trabajo,
f) Los herederos legales del Asegurado de acuerdo a Sucesión Intestada o
Testamento, debidamente inscritos en los Registros Públicos.
El Beneficiario para las coberturas de Incendio y Gastos Extraordinarios es el
propio Asegurado.
1.4 Condiciones Generales
Documento que contiene el conjunto de cláusulas o estipulaciones básicas
establecidas que regirán el presente contrato.
1.5 Contratante
Persona que celebra con La Positiva el contrato de seguro, no necesariamente es
la misma persona que el Asegurado, recaen sobre esta persona los derechos –si
corresponde- y/u obligaciones emanados del contrato de seguro. El contratante es
el único que puede solicitar enmiendas a la póliza. Asimismo es el que fija y
solicita los montos asegurados y los riesgos que necesita.
1.6. Interés Asegurable
Es el objeto, materia o responsabilidad por la cual se contrata un seguro, a fin de
transferir el riesgo a La Positiva contra el pago de una prima.
1.7. Prima
Es la contraprestación establecida por La Positiva por la cobertura otorgada.
1.8. Póliza
Se entiende por póliza, el presente contrato de seguro constituido por la Solicitud -
Certificado, las Condiciones Generales, las Condiciones Particulares, las
Condiciones Especiales y Endosos, así como los demás documentos que, por
acuerdo expreso de las partes, formen parte integrante del mismo.
1.9. Siniestro
Es la manifestación concreta del riesgo asegurado del que resultan lesiones
personales o daños materiales amparados por la presente póliza.
1.10. Solicitud - Certificado de Microseguro
Documento que acredita la contratación del microseguro bajo la modalidad de
seguro de grupo o colectivo.
1.11. Suma Asegurada
Es la suma, importe, monto o valor que representa el valor de indemnización que
La Positiva pagará en caso de siniestro cubierto por esta póliza
2.1 Contratantes
determinante de la emisión de la póliza para La Positiva. La reticencia o
declaración inexacta por parte del Contratante y/o Asegurado de hechos o
circunstancias conocidas por este último que pudieran impedir la celebración del
contrato o modificar sus condiciones es causal de nulidad siempre y cuando medie
dolo o culpa inexcusable.
2.4 Comunicaciones y Domicilio
2.4.1 Los avisos y comunicaciones que intercambien La Positiva, el Contratante
y/o el Asegurado y que deban realizarse de manera escrita, serán efectuadas al
domicilio físico y/o correo electrónico que aparecen registrados en la póliza o
Solicitud-Certificado.
2.4.2 El Contratante y/o Asegurado deberán comunicar por escrito a La Positiva su
cambio de domicilio o correo electrónico, de lo contrario dicho cambio carecerá de
valor y efecto, siendo válidas todas las comunicaciones y notificaciones que La
Positiva efectúe al último domicilio físico o correo electrónico registrado.
2.5. Causales de terminación de la Cobertura, Resolución y Nulidad
Contractual
2.5.1 La cobertura del microseguro termina sin necesidad de aviso o
comunicación alguna:
a) Cuando la Positiva pague la totalidad de las coberturas contratadas.
b) A partir del mes siguiente en que el Contratante y/o Asegurado cumpla la
edad límite de permanencia establecida en las presentes condiciones.
2.5.2 La resolución deja sin efecto el contrato celebrado, por causal
sobreviniente a su celebración, extinguiéndose todos los derechos y
obligaciones de la presente póliza y ocurre en cualquiera de los siguientes
casos:
a) Por la falta de pago de la prima, después del transcurso del plazo de
gracia de treinta (30) días calendario. En dicho supuesto, la Positiva tendrá
derecho al cobro de la prima proporcional por el período efectivamente
cubierto.
b) Por decisión unilateral y sin expresión de causa del Asegurado y/o
Contratante, debiendo comunicarlo previamente a la Positiva con una
anticipación no menor a treinta (30) días, presentando la siguiente
documentación:
• Carta dirigida a la Positiva en la que se manifiesta expresamente su deseo
de resolver sin expresión de causa su afiliación al contrato.
• Original y copia de documento nacional de identidad.
Dicho trámite se efectuará en las Plataformas de Atención al Cliente de la
Positiva, cuyas direcciones se encuentran en la web www.lapositiva.com.pe,
o a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados
para la contratación del seguro.
c) Cuando medie solicitud de cobertura fraudulenta, supuesto en el cual la
Aseguradora de forma conjunta con la comunicación de rechazo del
siniestro, dentro del plazo señalado en la cláusula 5, informará la resolución
del contrato de seguro.
A partir del día siguiente de producida la resolución contractual, El
Contratante podrá solicitar por escrito en las oficinas de la Positiva, el
reembolso de la prima que corresponda por el periodo no corrido, el mismo
que no estará sujeto a penalidades o cobros de naturaleza o efecto similar.
El reembolso se podrá hacer efectivo en las oficinas de La Positiva luego de
treinta (30) días calendarios de haber sido presentada la solicitud respectiva.
2.5.3 La nulidad supone la ineficacia total de la póliza o solicitud-certificado
de seguro desde el momento de su celebración. El contrato de seguro es
nulo en los siguientes supuestos:
a) Si el riesgo cubierto por la presente póliza se hubiera producido o si
hubiera desaparecido la posibilidad de que se produzca, al momento de la
contratación.
b) Cuando no exista interés asegurable al tiempo del perfeccionamiento del
contrato o al inicio de sus efectos.
c) Por reticencia y/o declaración inexacta –si media dolo o culpa inexcusable
del Contratante y/o Asegurado– de circunstancias por ellos conocidas que
hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones si la Positiva
hubiese sido informada del verdadero estado del riesgo. La Positiva tiene un
plazo de treinta (30) días calendario para invocar dicha causal, plazo que se
contará desde que ésta conoce la reticencia o declaración inexacta.
d) Por declaración inexacta de la edad del Asegurado, si es que la verdadera
edad del Asegurado excedía la edad permitida por el presente contrato para
ingresar a la póliza.
En caso de nulidad, La Aseguradora procederá a devolver , dentro de los 30
días hábiles siguientes de la fecha de nulidad del contrato, el íntegro de las
primas pagadas sin intereses, excepto cuando el Contratante y/o Asegurado
realicen una declaración inexacta o reticente con dolo o culpa inexcusable,
en cuyo caso la Aseguradora retendrá el monto de las primas pagadas para
el primer año de duración del contrato de seguro, a título indemnizatorio,
perdiendo el Contratante el derecho a recibir la devolución de las primas por
dicho monto.
2.6 En caso de Solicitud de Cobertura fraudulenta
El Asegurado o Beneficiario pierde el derecho a ser indemnizado si actúa
fraudulentamente, exagera los daños o emplea medios falsos para probarlos.
2.7. Modificación de Condiciones Contractuales
2.7.1 A la fecha de su renovación, el monto de la prima y/o cualquier condición
establecida en la póliza podrán ser modificadas, previa comunicación escrita y
detallando las modificaciones en caracteres destacados, remitida por La Positiva a
través de los mecanismos de comunicación pactados, con por lo menos cuarenta
y cinco (45) días de anticipación al término de la vigencia correspondiente.
El Contratante tiene un plazo de treinta (30) días previos al vencimiento de la
vigencia de la póliza para manifestar su rechazo por escrito a la propuesta
comunicada por La Positiva; caso contrario, se entenderán aceptadas las nuevas
condiciones propuestas.
En caso la propuesta de modificación enviada por La Positiva sea rechazada, la
póliza se mantendrá vigente hasta finalizar el periodo de vigencia correspondiente,
luego del cual no procederá la renovación automática de la póliza.
2.7.2 Durante la vigencia del contrato, la Positiva no puede modificar los términos
contractuales pactados sin la aprobación previa y por escrito del contratante, quien
tiene derecho a analizar la propuesta remitida por La Positiva y tomar una decisión
en el plazo de treinta (30) días desde que la misma le fue comunicada. La falta de
aceptación de los nuevos términos no genera la resolución del contrato, en cuyo
caso se deberán respetar los términos en los que el contrato fue acordado hasta el
término de su vigencia.
La Positiva deberá proporcionar la información suficiente al Contratante para que
éste ponga en conocimiento de los Asegurados las modificaciones que se hayan
incorporado en el Contrato.
2.8. Renovación del seguro.
El contrato de seguro se renovará automáticamente en las mismas condiciones
pactadas en la fecha de su celebración al término de la vigencia establecida en las
condiciones particulares, siempre que el Contratante y/o Asegurado cumpla con
pagar la prima correspondiente.
El presente contrato de seguro podrá no renovarse de forma automática, debiendo
para tal efecto comunicarlo cualquier de las partes por escrito con sesenta (60)
días calendarios de anticipación a la fecha la renovación.
2.9. Procedimiento para la atención de reclamos y consultas:
La Positiva atenderá los reclamos en un plazo máximo de quince (15) días
calendario de presentado por el Asegurado, Contratante y/o Beneficiario. En caso
de persistencia del reclamo, el Asegurado, Contratante y/o Beneficiario podrán
optar por los mecanismos de solución de controversias que consideren adecuados
para hacer prevalecer sus derechos, en caso consideren hayan sido vulnerados.
La Positiva recibirá los reclamos del Asegurado, Contratante y/o Beneficiario en su
“Área de Servicio al Cliente” llamando al 211-0-211 desde Lima o al 74-9000
desde provincias, en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional (relación de
direcciones en la web: www.lapositiva.com.pe,) así como a través de la misma
página web de La Positiva Seguros.
2.10. Defensoría del Asegurado
El Contratante, Asegurados y los Beneficiarios tienen el derecho de acudir a la
Defensoría del Asegurado para resolver las controversias que surjan entre ellos y
La Positiva, de acuerdo a los términos y condiciones del Reglamento de la
Defensoría del Asegurado, cuyo fallo es de carácter vinculante, definitivo e
inapelable por parte de La Positiva pero no del Asegurado quien mantiene
inalterable su derecho de recurrir a otras instancias.
2.11. Prescripción liberatoria
Los beneficios derivados de la presente póliza prescriben en los plazos
establecidos en el marco legal vigente aplicable a la materia.
2.12. Tratamiento de datos personales
De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales -
y su Reglamento, el Contratante y/o Asegurado queda informado y da su
consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento
y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de
datos de titularidad de La Positiva, ubicado en su domicilio indicado en la presente
póliza.
La Positiva utilizará estos datos, conjuntamente con otros que se pongan a
disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes
accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del
aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y
evaluar la calidad del servicio. Asimismo, La Positiva utilizará los datos personales