La Positiva
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Seguros De Salud | Integral

MEDISALUD PREMIUM

Tope Anual por Usuario: S/ 9,000,000.00
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S/ 401.00/mes
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Código SBS N° AE0416400252 - Póliza adecuada a la Ley N° 29946 y sus normas reglamentarias.

RESUMEN INFORMATIVO

MEDISALUD PREMIUM

La Positiva Seguros y Reaseguros

Francisco Masías N°370, San Isidro, Lima,

RUC: 20100210909,

Telf.: (0511) 211-0213,

www.lapositiva.com.pe

PRINCIPALES RIESGOS CUBIERTOS

Cubre los riesgos especificados en las Condiciones Particulares, conforme se encuentran definidos en la
Cláusula 3 (Coberturas durante la Vigencia del Seguro) de las Condiciones Generales del Seguro.

PRINCIPALES EXCLUSIONES

Se detallan en la Cláusula 6 (Exclusiones) de las Condiciones Generales del Seguro.

CLÁUSULAS ADICIONALES

Las cláusulas adicionales que pueden ser incorporadas a la póliza de acuerdo a la decisión del Asegurado Titular,
se regirán por los términos y condiciones expuestos en las condiciones particulares y en el texto de la respectiva
cláusula.

DERECHO DE ARREPENTIMIENTO Conforme a lo indicado en la cláusula 17 de las Condiciones Generales.

MODIFICACIÓN DE CONDICIONES CONTRACTUALES.

A la fecha de su renovación, el monto de la prima y/o cualquier condición establecida en la póliza podrán ser
modificadas, previa comunicación por escrito de La Aseguradora y detallándose las modificaciones que se
realicen en caracteres destacados, la misma que deberá ser remitida con por lo menos cuarenta y cinco (45)
días de anticipación al término de la vigencia correspondiente.

El Contratante tiene un plazo de treinta (30) días previos al vencimiento de la vigencia de la póliza para
manifestar su rechazo por escrito a la propuesta comunicada por La Aseguradora; caso contrario, se
entenderán aceptadas las nuevas condiciones propuestas, debiendo la Aseguradora remitir la póliza
consignando las modificaciones en caracteres destacados.

En caso la propuesta de modificación enviada por La Aseguradora sea rechazada, la póliza se mantendrá
vigente hasta finalizar el periodo de vigencia correspondiente, luego del cual no procederá la renovación
automática de la póliza.

Durante la vigencia del contrato, la Aseguradora no puede modificar los términos contractuales pactados sin
la aprobación previa y por escrito del Contratante, quien tiene derecho a analizar la propuesta remitida por La
Aseguradora y tomar una decisión en el plazo de treinta (30) días desde que la misma le fue comunicada. La
falta de aceptación de los nuevos términos no genera la resolución del contrato, en cuyo caso se deberán
respetar los términos en los que el contrato fue acordado hasta el término de su vigencia.

La Positiva deberá proporcionar la documentación suficiente al Contratante para que éste ponga en
conocimiento del Asegurado Titular las modificaciones que se hayan incorporado en el Contrato. El
Contratante tiene la responsabilidad de informar al Asegurado Titular las modificaciones propuestas.
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MECANISMO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:

Todo litigio o controversia, resultante, relacionada o derivada de este acto jurídico o que guarde relación con
él, incluidas las relativas a su validez, eficacia o terminación, pueden ser resueltas mediante la vía judicial,
para cuyo efecto, las partes se someten a la competencia de los fueros correspondientes.

El Contratante y/o Asegurado pueden pactar con la Aseguradora someter cualquier diferencia que guarde
relación con el contrato de seguro, a la jurisdicción arbitral, luego de producido el siniestro y siempre que el
monto reclamado por el Asegurado fuese igual o superior a 20 UIT.

RESOLUCIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA

El Contratante o Asegurado Titular, según sea el caso por responsable de pago, tienen derecho a resolver el contrato
de seguro de forma unilateral y sin expresión de causa, debiendo comunicarlo previamente a la Aseguradora con una
anticipación no menor a treinta (30) días.

CONDICIONES DE ASEGURABILIDAD

Podrán ingresar como Asegurado de la presente póliza cualquier persona residente en la República del Perú y que
cumpla con los requisitos de asegurabilidad y con las edades establecidas en las Condiciones Particulares, Solicitud
de Seguro y/o Certificado.

Las edades declaradas por los Asegurados podrán comprobarse con documento fehaciente en los casos en que así
lo juzgue necesario la Compañía, antes o después del Siniestro amparado por este Contrato de Seguro.

Si el Contratante ha venido renovando la póliza de seguro, por lo menos en los últimos cinco (5) años consecutivos,
tiene el derecho de continuar renovando la póliza de seguro indefinidamente, con coberturas no menores a las
pactadas en el contrato anterior, sin perjuicio de que La Positiva modifique las primas, deducibles, proveedores
afiliados, y copagos de acuerdo a los criterios y procedimientos para actualización de las primas.

PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO

Se detalla en la cláusula 10 de las Condiciones Generales del Seguro.

AREAS ENCARGADAS DE ATENDER RECLAMOS

La Positiva
atenderá los reclamos a través del “Área de Servicio al Cliente”.
El Contratante, Asegurado y sus Beneficiarios pueden presentar sus reclamos (i) llamando al teléfono 211
-0-213, (ii)
de forma presencial o por escrito en cualquiera de sus
puntos de venta, coordinadoras externas ubicadas en clínicas
afiliadas u oficinas a nivel nacional, cuyas direcciones pueden ubicarlas en
www.lapositiva.com.pe, y, (iii) a través del
formulario virtual de la página web antes indicada.

DEFENSORÍA DEL ASEGURADO El Contratante, Asegurado y el Beneficiario también podrán realizar cualquier
reclamo sobre los alcances de este seguro en la “Defensoría del Asegurado” - Lima, llamando al 01-4210614 o en

www.defaseg.com.pe

FECHA, LUGAR Y FORMA DE PAGO DE LA PRIMA

Según la forma de recaudación y de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza.

INSTANCIAS HABILITADAS PARA PRESENTAR RECLAMOS Y/O DENUNCIAS

Defensoría del Asegurado, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual
INDECOPI, o (ii) presentar sus consultas y/o denuncias ante el Departamento de Servicios al Ciudadano de la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s SBS o el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
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Propiedad Intelectual INDECOPI.

INFORMACIÓN ADICIONAL

El presente producto presenta obligaciones a cargo del usuario cuyo incumplimiento podría afectar el pago
de la indemnización o prestaciones a las que se tendría derecho

Dentro de la vigencia del contrato de seguro, el Contratante y Asegurado se encuentran obligados a informar
a la empresa los hechos o circunstancias que agraven el riesgo asegurado

La información aquí proporcionada es a título
complementaria. Prevalecen las Condiciones Particulares sobre
las Condiciones Generales de la Póliza de Seguro de Asistencia Médica de
La Positiva Seguros y Reaseguros

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