Seguro de Asistencia Médica Nacional Trébol Salud Trébol Salud es un seguro familiar de salud que brinda un servicio personalizado y permite recibir atención médica en todo el Perú. A quién va dirigido Dirigidoa ejecutivos y familias que desean un seguro que tenga una amplia cobertura y un óptimo servicio para que siempre estén prevenidos ante cualquier situación que pueda poner en riesgo su salud. Condiciones de acceso: Edad límite de Ingreso: Hasta los 65 años de edad. •Beneficio máximo anual por persona S/.5 ́000,000. •Atención médica a través de Reembolso para beneficios indicados. •Chequeo médico preventivo anual por etapa de vida al 100% en diferentes proveedores de salud. •Programa de Enfermedades Crónicas “Vivir en Salud” al 100% •Cobertura Oncológica al 100% (incluye terapia biológica y reconstrucción mamaria). •Coberturas de Emergencias Accidentales y Médicas con opción a traslado en ambulancia. •Atención Ambulatoria y Hospitalaria en clínicas afiliadas de Lima y Provincias. •Médico a Domicilio de especialidades médicas. •Programa completo de Maternidad, controles pre y post natales, parto, cesárea, ecografías, laboratorio, suplementos nutricionales, evaluación odontológica y curso de psicoprofilaxis. •Control del niño sano y sólo en Lima Inmunizaciones. •Enfermedades congénitas del recién nacido. •Enfermedades congénitas no conocidas. •Atención oftalmológica y Cirugía Eximer Láser. •Atención odontológica. •Nutrición en consultorio. •Medicina Física y Rehabilitación. •Acupuntura y Homeopatía •Medicina Quiropráctica
•Terapia biológica para enfermedades cardíacas, reumatológicas y otras. •Botox para casos terapéuticos. •Prótesis internas quirúrgicamente necesarias. •Trasplante de órganos y tejidos. •Salud Mental •Enfermedades Epidémicas •Cobertura por Desastres Naturales •Cobertura por Terrorismo. •Seguro de primas por muerte del Titular y Desamparo súbito. •Sepelio •Asistencia en viaje por emergencia en el extranjero hasta US$ 10,000 (Diez mil dólares) anual. Sólo unavez que EL TITULAR y/o DEPENDIENTE haya cumplido un diez (10) meses de permanencia ininterrumpida en esta póliza, LA COMPAÑÍA cubrirá los gastos médicos correspondientes a las dolencias que se enumeran a continuación, siempre que no fueran pre-existentes: •Litiasis o pólipo vesicular y/o de la vía biliar (incluye Litotripsia). •Litiasis del sistema urinario (incluye Litotripsia). •Fibroma del Útero, Quistes de Ovario, Endometriosis, Prolapso genitourinario, Colpocervicitis. •Extracción de amígdalas y adenoides. •Fibroadenoma Mamario, quistes o Displasia Fibroquística. •Enfermedades de la próstata. •Catarata, Glaucoma y Pterigion •Nevus u Onicomicosis. •Hemorroides y Várices. •Hernias de cualquier tipo incluida la Hernia de Núcleo Pulposo. •Diabetes, Hipertensión Arterial y Dislipidemia. •Hipotiroidismo e hipertiroidismo. •Enfermedades de la columna vertebral. •Cisticercosis. •Artroscopia, artrosis, artritis, meniscopatía, quiste calcáneo, excepto a consecuencia de accidentes cubiertos por esta póliza. •CirrosisHepática. •Enfermedades Cerebrovasculares y Cardiovasculares (excepto infarto y accidentes cerebrovasculares agudos) •Cáncer. •Tumoraciones benignas. •Asma.
Maternidad Podrán gozar de este beneficio las mujeres aseguradas sea titular o dependiente cónyuge siempre que se encuentre asegurada un mínimo de dieciocho (18) meses consecutivos. EXCLUSIONES a.Enfermedades y/o defectos congénitos y/o físicos adquiridosal nacer y gastos derivados por causas relacionadas de acuerdo al CIE-10, el cual se podrá ubicar en la página webwww.mapfre.com.pe, así como en la página web de la Organización Mundial de la Salud http://www.who.int/es/ salvo las enfermedades congénitas de aquellos dependientes cuyo nacimiento haya sido amparado por la póliza hasta el límite señalado en la Tabla de Beneficios. Tampoco se encuentran cubiertas las enfermedades, lesiones, defectos y complicaciones congénitas o no congénitas que deriven de una inseminación artificial y/o tratamiento para fertilidad. No se cubren estudios o pruebas genéticas. b.Enfermedades pre-existentes, tal como se definen en el numeral 1 de las CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN. c.Curas de reposo, surmenaje, enfermedades emocionales (ansiedad, depresión, stress, etc), trastornos funcionales de órganos, distonías neurovegetativas, desórdenes de la mente (psicosis, neurosis, fobias, etc), tratamientos psiquiátricos y/o psicológicos, enuresis nocturna, retardo mental o del desarrollo psicomotor, déficit de atención, bajo rendimiento escolar, disfunciones cerebrales, síndrome orgánico cerebral. d.Gastos cuyo objeto sea el chequeo médico y despistaje de enfermedades deuna persona sana, así como el tratamiento, análisis o procedimientos no relacionados directamente a un enfermedad determinada, a excepción de lo señalado en la T9abla de Beneficios. e.Cirugía estética para fines de embellecimiento. Ginecomastia, mastoplastía, gigantomastia y cirugía del septum nasal; a excepción de los casos necesarios como consecuencia de un accidente cuyos gastos fueron cubiertos por esta Póliza. f.Sustancias exfoliativas, preparados, jabones, cremas neutras y bloqueadores solares, salvo justificación médica aceptada por la Compañía. g.Aparatos ortopédicos, ortésicos, prótesis (salvo las prótesis internashasta elmáximo señalado en la tabla de beneficios), equipos mecánicos y electrónicos, medias para várices, nebulizadores. h.Los procedimientos, medicamentos, equipos, insumos o tratamientos que carezcan de un beneficio clínico relevante frente a alternativas vigentes o sustentados en Medicina Basada en Evidencia con nivel de evidencia IIA. No se cubren productos, servicios, procedimientos, insumos, medicamentos o tratamientos experimental,o en fase de periodo de prueba o investigación. i.Tratamientos oftalmológicos; con excepción de la cobertura otorgada en el numeral 3.13 y 3.21y los que resulten necesarios como consecuencia de un accidente amparado por esta póliza. En ningún caso se cubre la adquisición de anteojos, cristales, resinas y lentes de contactos. No están cubiertos los lentes intraoculares para el tratamiento de vicios de la refracción, cubriéndose solamente enel caso de catarata, los lentes monofocales. j.Tratamiento y operaciones e carácter odontológico y/o cirugías bucales que afecten el componente estomatogmático; periodontitis, ortodoncia, gingivitis, a excepción de los causados por accidentes cubiertospor esta Póliza, salvo lo indicado en la cobertura otorgada en el numeral
3.14. No estarán cubiertas en casos de accidente, las prótesis de implantes dentales con los que contabael ASEGURADO k.Enfermedades resultantes del uso o afición a las drogas, estupefacientes y alcoholismo, así como las lesiones que se produzcan en situaciones de embriaguez o bajo influencia de drogas, o a consecuencia de la conducción de vehículosmotorizados sin tener el ASEGURADO licencia vigente para hacerlo. En el caso específico de bebidas alcohólicasse considerará que el ASEGURADO se encuentra en estado etílico o situación de embriaguez,y por lo tanto sujeto a esta exclusión, cuando el examen de alcoholemia tomado inmediatamente después del accidente arroje un resultado mayor a 0.5gr./lt. En caso que la muestra para el examen de alcoholemia no sea tomada inmediatamente después del accidente, se considerará una disminución de 0.15 gr./lt. por hora desde el momento del accidente hasta la toma de la muestra. En el caso dedrogas, fármacos, estupefacientes y narcóticos se considerará cualquier grado positivo de un examen toxicológico. l.Productos de origen biológico,factores estimulantes de colonias, interferones, interleukinas, anticuerpos monoclonales, inhibidores de latirosina, kinasa, antiangiogénicos, inhibidores proteosoma, injertos óseos. Derivados de proteínas, hormonas y vitaminas, salvo lo indicado en la Tabla de Beneficios. m.Inmunoterapia, lisados bacterianos en adultos inmunoestimulantes, desensilización o pruebas relacionadas (inmunomoduladores, inmunoglobulinas, oligonucleóticos) n.Compra de Sangre y derivadosde plasma, albúmina, plaquetas y paquetes globulares. o.Procedimientos de crio-preservación o criogenéticos. Tratamientos que utilicen células madre ( stem cell). p.Ningún gasto vinculado a la donación y/o transfusión de sangre, salvo lo señalado en la Cobertura de Trasplante de Órganos. q.Lesiones o enfermedades a consecuencia de actos de guerra, revoluciones, energía atómica, fenómenos catastróficos de la naturaleza y/o metereológicos, así como los que resulten de la participación activa en huelgas, motines y conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y/o terrorismo. r.Lesiones producidas a sí mismo por EL ASEGURADO o DEPENDIENTE en formavoluntaria o estando mentalmente insano; así como los gastos que se generen por suicidio, intento de suicidio, peleas o riñas, excepto los casos de legítima defensa comprobada con documento policial. s.Alopecia, menopausia, peri o premenopausia, climaterio. t.Medicamentos para el tratamiento de osteopenia. u.Enfermedades contagiosas que requieran aislamiento o cuarentena y las que sean declaradas por el Ministerio de Salud como epidemia salvo lo indicado en la cobertura de Enfermedades Epidémicas. v.Lesiones resultantes de la terapia de Rayos X y radioterapia, radium o isótopos. w.Termómetros, papel higiénico, esponja, jabón, artículos de uso personal, cremas hidratantes, pañales, teléfono, acompañante, televisión. x.Gastos por conceptosvinculados al diagnóstico y tratamiento de la apnea del sueño. y.Accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales. z.Tratamiento quirúrgico de callosidades y juanetes (hallux valgus).
aa. Problemas de mandíbula, incluyendo el síndrome temporo mandibular ycráneo mandibular, desórdenes u otras alteraciones relacionadas con la unión entre la mandíbula, el cráneo y los músculos, nervios y otros tejidos en esa articulación. bb.Ningún gasto por concepto de vitaminas, reconstituyentes, minerales, vigorizantes, nutrientes, leches, alimentos industrializados de cualquier tipo, geriátricos, hierbas, ansiolíticos, roacután, minoxidil, sedantes, antidepresivos, somníferos, vacunas, tratamientos naturistas,quiropraxia, acupuntura y "Farmacopea China", aúncuando hubieren sido prescritas por médicos colegiados, salvo lo indicado en el numeral 3.25 y 3.26. cc.Tratamientos por anorexia nerviosa, bulimia, para adelgazamiento o desnutrición, raquitismo, sobrepeso, hipovitaminosis, talla anormal, ginecomastia,obesidad mórbida o alteraciones hormonales que no sean debidos a enfermedad y terapia de reemplazo hormonal (TRH), todo tipo de trastorno de crecimiento y desarrollo así como tratamientos médicos o quirúrgicos para aumentar o disminuir de peso. dd.Tratamientos desensibilizantes para las alergias. ee.Terapia antiangiogénica para enfermedades maculares del ojo. ff.Los accidentes que se produzcan durante la práctica activa de las siguientes actividades y/o deportes: participación en carreras de automóviles, motos acuáticas; participación en corridas de toros, novilladas, espectáculos taurinos, carrera de toros, rodeo, incluyendo montar a pelo potros salvajes o reses vacunas bravas; combate en artes marciales, boxeo, lucha libre, ‘vale todo’, esgrima o,; rugby, fútbol americano, lacrosse, hockey o hurling; caminata de montaña (‘trekking’ o senderismo), escalamiento o descensos, alpinismo o andinismo o montañismo, o rápel; canotaje o piragüismo o ‘rafting’, a partir de nivel de dificultad III; cacería de fieras; pesca en rocas, o caza submarina o subacuática, buceo o inmersión en mares, ríos, lagos o lagunas o pozos o pozas o cuevas o cavernas o aguas subterráneas; salto desde trampolines o clavados desde cualquier lugar; surf; equitación de salto o carrera de caballos; patinaje, o uso de patineta o ‘skateboard’; ciclismo de montaña o a campo traviesa o en carreteras o en autopistas; paracaidismo, parapente, alas delta; vuelos en avionetas o aviones ultraligeros,; trapecio, equilibrismo; salto desde puentes ‘puenting’; halterofilia; o esquí acuático o sobre nieve, ‘snowboard’ o ‘sandboard’. Tampoco los accidentes que ocurran o se produzcan por o durante el uso, sea como conductor o pasajero, de motocicletas, motonetas, ‘mototaxis’ o cuatrimotos. gg.Todos losgastos efectuados en fechas posteriores al inicio del tratamiento originados por negligencia del propio ASEGURADO en perjuicio de su rehabilitación, incluyendo los casos en que el ASEGURADO se auto medique, así como las causas y/o consecuencias de un tratamiento y/o cirugía no cubiertos por esta póliza. hh.Tratamientos o estudios u operaciones relacionadas con la infertilidad de cualquier tipo, impotencia o tratamientos con fines de esterilización o concepción, cirugía o tratamiento de varicocele, cambiode sexo, frigidez, inseminación artificial o implantación de embriones. ii.Procedimientos médicos o quirúrgicos de naturaleza preventiva ni tratamientos de rehabilitación de audición o lenguaje.
jj.Gastos directos e indirectos por infecciones de transmisión sexual, venéreas, VIH, SIDA en cualquiera de sus formas y/o complicaciones, lesiones producidas durante prácticas sexuales de cualquier tipo, condiloma acuminado. kk.Cuidados de enfermeras especiales, a excepción de las primeras 48 horas posteriores a una intervención quirúrgica, siempre que sea indicado por el médico tratante y previa coordinación con la COMPAÑÍA. ll.No se cubre sepelio de los no-natos. Prima Comercial Anual (Incluye IGV) Rango de edadesASEGURADOS NUEVOS (1) ASEGURADOS PROVENIENTES DEL SISTEMA EPS O CÍA, DE SEGUROS (2) Hijos dependientes hasta los 17 años c/u (*)S/. 1,852S/. 2,408 Hijos dependientes de 18 a 25 años c/u (*)S/. 1,903S/. 2,474 Hasta 30 años (**)S/. 2,692S/. 3,500 De 31 a 35 añosS/. 2,743S/.3,566 36 añosS/. 2,839S/. 3,691 37 añosS/. 2,911S/. 3,784 38 añosS/. 2,984S/. 3,879 39 añosS/. 3,059S/. 3,977
Rango de edadesASEGURADOS NUEVOS (1) ASEGURADOS PROVENIENTES DEL SISTEMA EPS O CÍA, DE SEGUROS (2) 40 añosS/. 3,137S/. 4,077 41 añosS/. 3,607S/. 4,689 42 añosS/. 3,694S/. 4,802 43 añosS/. 3,783S/. 4,918 44 añosS/.3,874S/. 5,036 45 añosS/. 3,967S/. 5,157 46 añosS/. 4,205S/. 5,467 47 añosS/. 4,308S/. 5,600 48 añosS/. 4,414S/. 5,738 49 añosS/. 4,522S/. 5,879 50 añosS/. 4,633S/. 6,023